Alta en trabajo autónomo
¿Quieres trabajar por tu cuenta? Consulta los requisitos y tramita tu alta antes de empezar tu actividad
Publicado por AdmonVlc
martes, 14 de diciembre de 2021 a las 10:55
Qué necesitas
- Tener asignado número de la Seguridad Social.
- Los datos fiscales, el Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria a la que perteneces.
- Fecha de inicio de actividad y domicilio en el que vas a realizarla.
- Elegir una base de cotización y seleccionar los beneficios aplicables, en su caso
- Elegir la Mutua colaboradora que cubrirá tus riesgos.
- Una cuenta bancaria para domiciliar las cuotas y el mandato SEPA. Si no eres el titular de la cuenta, documento de identificación del titular y su autorización.
Te solicitarán otros datos en función de tu condición como autónomo.
Plazos
Puedes solicitar el alta con una antelación de 60 días a la fecha de inicio de la actividad y hasta ese mismo día. Si ya has comenzado a trabajar, puedes tramitar el alta durante los 30 días posteriores a la fecha de inicio de actividad a través de este servicio, pero se considerará que el alta ha sido comunicada fuera de plazo.
A quién va dirigido
Si eres español y resides en España, o extranjero con permiso de trabajo, tienes 18 años y vas a realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia, debes darte de alta en trabajo autónomo.
En qué situaciones aplica
Estás obligado a darte de alta como autónomo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual independientemente de los ingresos que la actividad genere.
Si desempeñas varias actividades por tu cuenta, sólo tienes que darte de alta una vez e indicar las diferentes actividades que desarrollas.
¿Cuánto cuesta?
Al darte de alta en la Seguridad Social estás obligado a pagar una cuota mensual.
Para determinar su importe tienes que elegir una base de cotización entre un mínimo y un máximo.
El importe de tu base de cotización condiciona la cuantía de tus prestaciones, es decir, a mayor base, mayor será la prestación que recibirás cuando lo necesites.
Fuente original del contenido:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Altas%2C+bajas+y+modificaciones/Altas+y+afiliacion+de+trabajadores/Alta_trabajo_autonomo
14/12/2021 10:55 | AdmonVlc
https://trabajadoresautonomos.emprenemjunts.es/?op=8&n=26688