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¿Puede un autónomo contratar como indefinido a un familiar?

Publicado por AdmonVlc
jueves, 11 de enero de 2018 a las 09:18

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Autonómos contrato como indefinido a familiar

Autonómos contrato como indefinido a familiar

La nueva Ley de Autónomos aprobada el pasado mes de octubre por el Gobierno permite a los autónomos elaborar contratos indefinidos a familiares directos, siempre que se cumplan una serie de requisitos que aparecen recogidos ya en la Guía de Contratos, publicada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Esta opción está disponible en el caso de los cónyuges, ascendientes, descendientes y a otros parientes de hasta segundo grado de consanguinidad; es decir, abuelos, nietos; hermanos o cuñados.

La medida es novedosa y permite formalizar contratos indefinidos tanto a tiempo parcial como completo.

Beneficia también a los hijos del empleador menores de 30 años que compartan vivienda; opción inexistente hasta la fecha; y a los mayores de 30 que estén en riesgo de exclusión social, es decir, que sean discapacitados, víctimas de terrorismo o violencia de género o pertenezcan a colectivos desfavorecidos.

La principal circunstancia que debe tener el empleador para incluir en su plantilla a familiares directos es que no haya extinguido contratos por despidos improcedentes o colectivos que no se hayan ajustado a Derecho durante el año anterior a la firma del contrato.

Además, debe tener en plantilla al nuevo empleado, al menos durante seis meses.

Como excepción a esta norma está el hecho de que se produzca un despido por “motivos disciplinarios o los despidos colectivos que estén ajustados a Derecho”, especifica la Guía de Empleo.

 

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