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¿Cuáles son las medidas para autónomos aprobadas por el Congreso?

Ley de emprendedores

Proposición de ley presentada por Ciudadanos

Publicado por rafae
sábado, 03 de diciembre de 2016 a las 09:05

Durante esta semana, el Congreso de los diputados ha aprobado con los votos favorables de toda la cámara a excepción de la abstención de PNV y ERC, la “Proposición de Ley de Reformas Urgentes del  Trabajo Autónomo”, presentada por el Grupo parlamentario de Ciudadanos.

 Las principales medidas contempladas en la proposición de ley de Ciudadanos son las siguientes:

 

PRIMERA.- Drástica reducción de los recargos por ingreso fuera de plazo que hasta la fecha ascendían al 20% desde el primer día de retraso. A partir de su entrada en vigor, se establecerá una modulación en relación a la duración del retraso en el pago. De esta forma, durante el primer mes, el recargo únicamente será del 3%, del 5% durante el segundo, del 10% durante el tercero y del 20% si se abona más allá del  tercer mes.

SEGUNDA.- Modificación del régimen de altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Hasta la fecha, por las altas en el RETA había que cotizar por todo el mes independientemente del día en el que se cursase el alta. En cambio a partir de la entrada en vigor de la ley, habrá que cotizar únicamente por los días de alta.

TERCERA.- La posibilidad de cambiar la base de cotización se amplía de dos veces al año, a cuatro.

CUARTA.- Ampliación de la tarifa plana para las nuevas altas de autónomos. Así,  a partir de su entrada en vigor, la cuota reducida de 50 euros pasará de los 6 primeros meses de alta, a los 12 primeros. Por otra parte, para los meses posteriores se mantienen las reducciones de la cuota existentes en este momento:

-Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes.

-Reducción del 30% durante los 6 mese siguientes.

De este modo las cuotas reducidas se podrán disfrutar de un total de 24 meses.

QUINTA.- Bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes del RETA durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad.

SEXTA.- Bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes del RETA durante 12 meses, para las trabajadoras autónomas que se reincorporen a su actividad en el plazo de 24 meses siguientes a la fecha del parto.

SEPTIMA.- Los vehículos automóviles serán deducibles a través del Impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en las mismas condiciones que los previstos en este momento para el Impuesto sobre el valor añadido (IVA).

OCTAVA.-Los trabajadores autónomos que desarrollan su actividad desde el domicilio particular, salvo prueba en contrario, podrán deducirse en el IRPF el 20% de los suministros de agua, gas y electricidad.

 

Por tanto, el Congreso ya ha dado el primer paso para el inicio del trámite parlamentario. Durante el transcurso del mismo está previsto que pueda mejorarse el texto inicial a través de la presentación de diversas enmiendas que ya han sido anunciadas por diferentes grupos parlamentarios.

  

MÁS INFORMACIÓN: http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-56-1.PDF

 

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Comentarios

anna2017

anna2017 - 27-05-18

La vida laboral de l'autonomia

Està fent més difícil encara sense ser autònom, amb totes les desavantatges del treball per compte propi, i cap incentiu per fundar una empresa i moure l'economia. Encara no compren tanta normativa a favor de les grans empreses quan som els petits i petits les que movem el capital humà. pots veure-ho aquí

acervera

acervera - 20-02-17

Información de servicio

Hola RDC

Este es un portal colaborativo donde publican artículos e informaciones diferentes empresas y expertos. Por lo que planteas, entendemos que necesitas la opinión de un experto en la materia. Si ya te han informado en la Seguridad Social, el siguiente paso podría ser ponerte en contacto con alguna Asociación de Trabajadores Autónomos, donde sabrán orientarte sobre las diferentes opciones al respecto de tu situación.

Saludos, 

RDC

RDC - 19-02-17

Sin derecho a jubilacion anticipada

Buenos dias, mi pregunta es para la persona o personas que esten en este mundo de las asesorias o gestorias, tengo 63 años, he cotizado segun la vida laboral 32 años y 3 meses, de los cuales 9 años son de regimen general y los demas son de autonomo, me di de alta en autonomo en 1986 y despues estuve de baja y me volvi a dar de alta unos meses en 2012, y me di de baja definitiva por problemas de trabajos, actualmente estoy en paro y ya cobre las  TRES RAI, he ido a la seguridad social haber si me podia poner en jubilacion anticipada y me han dicho que no, pues deberia de tener 35 años cotizados, mi pregunta es si hay alguna manera de por cobrar alguna prestacion o jubilacion, pues estoy que no tengo trabajo, divorciado y sin un euro, me handicho que si me dan de alta por 3 meses podria acogerme despues a la prestacion de 426 euros hasta qe tenga la edad para jubilarme (es cierto eso), muchas gracias

 

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