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Novedades en la declaración de la renta 2023-2024

Publicado el jueves, 24 de abril de 2025

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 La declaración de la renta es una obligación fiscal que todos los contribuyentes del país debemos cumplir, por lo tanto, es crucial comprender cómo funcionan los impuestos en España.

Este año la campaña de la declaración de la renta trae consigo algunas novedades. La primera de ellas es su comienzo, empezando el día 3 de abril (ocho días antes que la campaña de 2023) y finalizando el 1 de julio. Si quieres saber más sobre estas novedades, y como afectan a los distintos ámbitos como los alquileres, a los autónomos o la forma de entregar la declaración de la renta, te dejamos toda la información a continuación. 

Cambios principales en la declaración de la renta 2023-2024

Este año se presentan ciertos cambios en comparación a la declaración de la renta del año 2023, por lo tanto, es importante tenerlos en cuenta antes de realizar nuestra declaración de la renta, ya que es crucial entregar correctamente todos los documentos ya que, si no, podemos enfrentarnos a sanciones.

  • Obligación de presentar la renta mediante internet: uno de los cambios más importantes de la campaña de la renta en 2024 es la obligación de la presentación de la declaración de la renta a través de medios electrónicos (internet) y siempre que la administración tributaria ofrezca asistencia personalizada a los contribuyentes que la necesiten o también a través de del servicio. Esta obligación es consecuencia de la modificación de la ley del Impuesto en diciembre del 2023 en virtud del Real Decreto-ley 8/2023.
  • Incremento del umbral de exención en la declaración de la renta. Estarán exentos de declarar aquellos contribuyentes que perciban rentas de trabajo de más de un pagador si el total de esos rendimientos es inferior a 15.000 euros, siendo el año anterior de 14.000 euros.
  • Ampliación de la deducción por maternidad. Mediante la modificación de la Ley del Impuesto regulada en la Ley 31/2022 de 23 de Presupuestos Generales del Estado se amplían los beneficiarios de esta deducción a todas aquellas mujeres con hijos menores de 3 años que en el momento del nacimiento del menor perciban pensiones contributivas o asistenciales por desempleo o bien en dicho momento o en cualquier otro posterior estén de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad por un periodo mínimo de 30 días. El importe de la deducción se mantiene en los 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años pero además para el caso de que se opte a la deducción por el sistema de alta en Seguridad Social posterior al nacimiento además de los 100 euros mensuales (1200 anuales) que le corresponda aplicar a la madre, se le reconocerá una deducción adicional de 150€ en compensación del periodo de tiempo de 45 días desde el nacimiento que legalmente la madre no puede causar alta en la Seguridad Social. Se mantiene el incremento de la deducción en hasta 1000€ anuales en concepto de gastos de guardería.
  • Declaración de criptomonedas. Es obligatoria la declaración de las operaciones realizadas con criptoactivos (transmisión, permutas, stacking, minado, etc) tal y como os comentábamos en el anterior artículo de nuestro blog. Aprovechamos también para comentar la obligación de declarar la tenencia de criptoactivos en el extranjero a través de la declaración informativa del modelo 721 tal y como también os comentamos en el anterior artículo de nuestro blog.

Novedades en la declaración de la renta para autónomos

Para leer el articulo completo aqui Novedades en la declaración de la renta 2023-2024

 

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