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Tipos y descripción de modelos oficiales para autónomos

noticia autónomos

Publicado por AdmonVlc
jueves, 01 de diciembre de 2022 a las 11:48

Tipos y descripción de modelos oficiales para autónomos:

Modelo 347 La declaración anual de operaciones con terceros, modelo 347, es de carácter obligatorio para todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales con terceras personas por importe superior a 3.005,06 euros durante el ejercicio.

Modelo 130 es el modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que han de presentar todas las personas físicas que desarrollan actividades económicas mediante estimación directa normal o simplificada. Los autónomos y profesionales que realizan una actividad económica de forma personal, o como socios de comunidades de bienes o de sociedades civiles deben de declarar el beneficio de su actividad económica y tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

Modelo 111 Muchos autónomos y empresarios tienen que aplicar retenciones del IRPF en facturas o en nóminas de trabajadores. Todas estas retenciones e incluso algunos premios o ganancias patrimoniales deben declararlas a Hacienda con el modelo 111. Este modelo se presenta de forma trimestral, presencial o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con firma electrónica o con certificado digital.

Modelo 190 Es el resumen anual del modelo 111 que se presenta trimestralmente. El modelo 190 en la modalidad de papel impreso deberá presentarse en los primeros veinte días naturales del mes de enero de cada año. Si de otro modo se ha generado telemáticamente el plazo se comprende entre el 1 al 31 de Enero. Están en la obligación a presentarlo todos aquellos que presenten el modelo 111, y es anual.

Modelo 303 es el relativo a la autoliquidación trimestral del IVA. El autónomo o empresa, al emitir las facturas, repercute un IVA a los clientes que luego debe devolver a Hacienda. Están obligados a presentar este modelo los autónomos, profesionales y sociedades que realicen actividades económicas en las que declaren el IVA.

Modelo 390 Se trata de un modelo tributario que actúa como una declaración resumen anual de las operaciones que se han realizado a lo largo del año natural, y que corresponden a la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido, es decir, el IVA. El modelo 390 deben presentarlo todas aquellas personas físicas o empresas que hayan presentado algún modelo 303 durante el año, es decir, todos los que han declarado IVA en algún momento del año.

Modelo TA.1 es el impreso que se debe cumplimentar para proceder a la afiliación y a la asignación del número de la Seguridad Social, si no se ha sido dado de alta con anterioridad. El empresario que vaya a contratar a una persona que no tenga número de Seguridad Social deberá solicitarlo, ya que este es el número que identifica al ciudadano a la hora de relacionarse con esta Administración.

Modelo TA.6 Este modelo es necesario para la inscripción del empresario en la Seguridad Social y la apertura de su primera o principal cuenta de cotización y debe presentarse en la Tesorería General de la Seguridad Social, presencialmente, en la sede más próxima al domicilio de la actividad concreta o por vía telemática, a través de la Sede Electrónica (en caso de que se disponga de certificado digital).

Modelo TA.0521 Es un modelo donde se solicita el alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos. Según el trabajador por cuenta ajena que lo solicite existen diferentes variaciones de este modelo. El impreso se consigue en cualquier oficina de la Tesorería de la Seguridad Social o se puede descargar desde la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. 

Modelo TA.2/S Es el modelo oficial para comunicar a la Seguridad Social cualquier alta, baja o variación en los datos del contrato de un empleado. Este modelo es solo para los trabajadores por cuenta ajena o asimilada bajo el Régimen General y debe presentarse:
Modelos TC1 y TC2

Son documentos oficiales relativos a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tiene afiliados. En concreto, el modelo TC1 refleja las cuotas que corresponden a la empresa y a los trabajadores, mientras el TC2 representa las relaciones nominales de éstos.

Modelo TA 7.Mediante la presentación de este impreso los trabajadores autónomos podrán solicitar el alta, baja o variación de los datos de cuenta de la cotización. 

Modelo TC.13/1 La devolución de ingresos indebidos permite la restitución total o parcial al sujeto obligado de las cuotas ingresadas por error, en los términos y supuestos fijados reglamentariamente. El derecho al reintegro prescribe a los 4 años a contar del día siguiente al ingreso de las cuotas. Las devoluciones incluyen el interés de demora desde la fecha del ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social hasta la fecha de la propuesta de pago. 

Impreso de Solicitud de Incapacidad Temporal

Mediante este formulario oficial, el solicitante puede solicitar el pago directo de Incapacidad Temporal. El pago directo de la Incapacidad Temporal, consiste en el abono del subsidio por Incapacidad Temporal realizado por el INSS o la Mutua a favor del trabajador en aquellos casos en los que el trabajador finaliza su relación laboral en la empresa

Impreso por Solicitud pago único desempleo.

El Pago Único o la Capitalización del Desempleo lo pueden solicitar aquellas personas que están en desempleo y estén interesadas en iniciar su propio negocio. Te permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo (de nivel contributivo).

Modelo 115 es la declaración trimestral de las retenciones por alquileres. Este modelo solo estarán obligadas a presentarlo todas aquellas empresas individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos.

Modelo 309 Este modelo es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA. Es el equivalente anual del 303 en una versión extendida, que se presenta al cierre contable de cada ejercicio. Pese a que es de obligada presentación para el autónomo y las pymes que han de demostrar, mediante este resumen anual, la correlación con los modelos anuales; este documento no entraña ningún coste, pues es de un carácter meramente informativo. 

Modelo 310 es un documento de autoliquidación del la cantidad IVA que pagan los autónomos dentro de un periodo de tiempo concreto. Es una declaración trimestral de autoliquidación del impuesto sobre el valor añadido que realizan los autónomos acogidos al régimen especial simplificado de IVA. 

Modelo 311 es el modelo de IVA que se presenta en el cuarto trimestre del año por parte de los empresarios que tributan en el Régimen Simplificado de IVA, comúnmente conocido como módulos. El objetivo de este modelo es resumir la actividad de IVA del ejercicio y realizar una regularización de los importes a pagar.

Modelo 370 es el documento que los autónomos deben presentar ante la Agencia Tributaria y con el que autoliquidan el IVA de su actividad económica en periodos de tres meses. Deberán presentar el modelo los trabajadores autónomos que desarrollen actividades profesionales diferentes por las que tributen simultáneamente en el régimen general y en el régimen especial simplificado de IVA.

Modelo 371 tendrá que ser presentado por todos aquellos empresarios que en el mismo ejercicio hayan tributado durante parte del año en el Régimen General de IVA y durante otra parte del año en el Régimen Simplificado de IVA.

Modelo 347 es la declaración de operaciones con terceros. Es un modelo informativo, es decir, no supone el pago o devolución de importe alguno. En este modelo se informa a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06 euros durante el ejercicio anterior. 

Fuente original del contenido:

CEPYMEnews  
https://cepymenews.es/tipos-descripcion-modelos-oficiales-autonomos  

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