Ayudas para impulsar proyectos industriales estratégicos en la Comunitat Valenciana | STRATG 2026
Hasta el viernes, 24 de julio de 2026 a las 23:59
La concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para impulsar la REALIZACIÓN DE PROYECTOS en la Comunitat Valenciana y que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, por concurrir dos o más de las siguientes circunstancias:
1. Por suponer un impulso decisivo en la Comunitat Valenciana de los sectores emergentes de la industria aeroespacial, de defensa y seguridad, la construcción industrializada, la generación de hidrógeno verde o la producción o el diseño de semiconductores.
2. Por su capacidad de generar empleo en el territorio.
3. Por generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad económica o en la Comunitat Valenciana.
4. Por su capacidad para movilizar una gran inversión en la Comunitat Valenciana.
5. Por suponer un impulso de la descarbonización de la industria.
DIRIGIDO A
. Podrán ser BENEFICIARIAS de estas ayudas:
Las EMPRESAS PRIVADAS* industriales vinculadas directamente a la industria de la Comunitat Valenciana, que vayan a desarrollar en el territorio de la Comunitat Valenciana los proyectos que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización, conforme a los criterios establecidos en el resuelvo primero de la Resolución de convocatoria y tengan, a fecha de presentación de la solicitud, al menos, a una persona trabajadora contratada por cuenta ajena.
Las ASOCIACIONES EMPRESARIALES Y LAS AGRUPACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS, que estén directamente vinculadas a la industria de la Comunitat Valenciana, que vayan a desarrollar en el territorio de la Comunitat Valenciana los proyectos que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización, conforme a los criterios establecidos en el resuelvo primero de la Resolución de convocatoria y tengan, a fecha de presentación de la solicitud, al menos, a una persona trabajadora contratada por cuenta ajena.
Las asociaciones empresariales y las agrupaciones empresariales innovadoras SÓLO podrán obtener la condición de beneficiarias si tienen personalidad jurídica propia y diferenciada, tienen su establecimiento o domicilio social en la Comunitat Valenciana, y justifican de manera suficiente, en el apartado correspondiente de la memoria descriptiva, su vinculación directa y la del proyecto con la industria en el territorio de la Comunitat Valenciana.
AYUDA
1.1. Para las actuaciones y costes que se amparen en el REGLAMENTO UE de MINIMIS:
La ayuda consistirá en los siguientes porcentajes sobre los costes subvencionables en función del tamaño de la empresa o entidad:
- Hasta el 40 % en el caso de grandes empresas o entidades.
- Hasta el 50 % en el caso de medianas empresas o entidades.
- Hasta el 60 % en el caso de pequeñas empresas o entidades.
No obstante lo anterior, el importe total de las ayudas de minimis que se puede otorgar a una única empresa no podrá exceder de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años previos a la concesión.
En el caso de fusiones o adquisiciones de empresas, todas las ayudas de minimis otorgadas con anterioridad a cualquiera de las empresas que se fusionan se tendrán en cuenta para determinar si el otorgamiento de una nueva ayuda de minimis a la nueva empresa o a la empresa adquirente supera el límite máximo pertinente.
PRESUPUESTO MÍNIMO SUBVENCIONABLE:
- El presupuesto subvencionable del proyecto en su totalidad, en el periodo 2026 a 2028, deberá ser igual o superior a 2.000.000 de euros, IVA incluido, en su caso, sumando todos los costes subvencionables.
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 3 de JULIO hasta el día 24 de JULIO de 2026, ambos días incluidos (de acuerdo con la Resolución de convocatoria que se ha publicado en el DOGV núm. 10396, de 02/07/2026).
DESCARGA EL DOGV:
03/07/2026 11:14 | CarmenDiaz
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=8&n=37093

