EADANA 2025
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Ayer
REQUISITOS
Podrán ser beneficiarias las personas físicas (incluidas las personas autónomas que formen parte de comunidades de bienes o de cualquier otra entidad sin personalidad jurídica)que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que el 29 de octubre de 2024 figuraban de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social o en alguna mutualidad.
b) Que el 29 de octubre de 2024 figuraban de alta en el IAE.
c) Que su lugar de trabajo el 29 de octubre de 2024 se ubicaba en alguna de las zonas afectadas por la DANA de octubre de 2024. A estos efectos, se considerará lugar de trabajo el que conste en el censo de empresarios, profesionales y retenedores o cualquier otro registro oficial (en concreto, en el caso de actividades que no se desarrollan de forma permanente en un local o en lugar específico y predeterminado como las de transporte, construcción, comercio sin establecimiento y similares, se considerará asimismo lugar de trabajo, con carácter alternativo pero no excluyente, el que figure como domicilio fiscal); o, en su caso, en la autorización municipal, que deberá ser previa al 29 de octubre de 2024, para la realización de la venta no sedentaria de carácter periódico.
MUNICIPOS AFECTADOS:
Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alberic, Alborache, Alcàsser, l´Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Barxeta, Benaguasil, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Benimodo, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carcaixent, Carlet, Castelló, Castielfabib, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Chulilla, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, La Pobla Llarga, l’Ènova, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla (sólo núcleo urbano junto A3), Macastre, Manises, Manuel, Massanassa, Millares, Mislata, Montroi/Montroy, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Rafelguaraf, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Senyera, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Tous, Turís, Utiel, València (Pedanías Sur), Vilamarxant, Xirivella, Yátova,
d) Que el 29 de octubre de 2024 no tenían contratada a ninguna persona trabajadora por cuenta ajena.
e) No haber recibido ayudas de minimis que, sumada a la solicitada en este programa, excedan los límites establecidos en reglamento de minimis que resulte de aplicación.
10/02/2025 08:58 | AdmonVlc