Ayudas municipales a emprendedores 2025 Canet d'en Berenguer
Hasta el jueves, 10 de abril de 2025 a las 23:59
OBJETO:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas destinadas tanto a los trámites de constitución como a la inversión inicial de los nuevos emprendedores, con el fin de apoyar la creación de actividad empresarial en el municipio de Canet d’en Berenguer y favorecer la generación de empleo.
BENEFICIARIOS
1. Podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el comienzo efectivo de la actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos haya sido entre el 20 de marzo de 2024 hasta la fecha de presentación de la solicitud, y como máximo hasta la finalización del plazo de Se entenderá como comienzo efectivo de la presentación de solicitudes. actividad la fecha de alta que figure en la Declaración Censal (modelo 036 ó 037) de alta de la actividad de la empresa.
b) Que, desde el inicio de la actividad, el local donde se desarrolla la actividad empresarial objeto de subvención se encuentre en el término municipal de Canet d’en Berenguer o, en caso de no tener local, el domicilio fiscal.
e) En el caso de actividades que se ejercen fuera de local determinado, aunque se trate de personas físicas, es requisito imprescindible que el domicilio fiscal esté en el término municipal de Canet d’en Berenguer.
d) Que la inversión acreditada con respecto a la ayuda de “Gastos iniciales” haya sido igual o superior a 1.000 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.
e) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse un representante apoderado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiarios corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.
AYUDA
Con carácter general, la cuantía de las ayudas será:
Gastos iniciales: el 100% del gasto subvencionable justificado, con un importe máximo a percibir de 2.000 €, siempre que la inversión haya sido como mínimo de 1.000€, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.
PLAZO
El plazo de solicitud de ayudas será de quince días hábiles y comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de esta subvención.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en las presentes bases se presentarán en impreso normalizado, que podrá presentarse en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Canet d’en Berenguer o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
DESCARGA LAS BASES DE LA CONVOCATORIA:
28/03/2025 11:50 | CarmenDiaz