Publicada la Ley de Emprendedores
Publicado por rafae
lunes, 30 de septiembre de 2013 a las 17:01
El pasado sabado 28 de septiembre fue publicada en el Boletín Oficial del Estado, la Ley de Emprendedores y su internacionalización, cuyas medidas fundamentales iremos desarrollando con mayor amplitud en posteriores publicaciones.
A continuación, a modo de resumen, mencionamos las medidas de mayor trascendencia:
• En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, se crea el Régimen especial del criterio de caja con el objetivo de paliar los problemas de liquidez y acceso al crédito de las empresas.
• Respecto al Impuesto sobre Sociedades, se establecen una serie de medidas con el objeto de fomentar la capitalización empresarial y la inversión en activos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas.
• Se establece un nuevo incentivo fiscal en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes del contribuyente.
• Se crea una nueva figura, el emprendedor de responsabilidad limitada, que permitirá al emprendedor persona física excluir o liberar del resultado de su actividad empresarial o profesional, su vivienda habitual.
• Se crea la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, que bajo el régimen propio de las SRL, podrá constituirse con una cifra de capital inferior al mínimo legal exigido.
• Se introduce un nuevo mecanismo, breve y flexible, de negociación extrajudicial de deudas de empresarios (personas físicas o jurídicas), denominado “Acuerdo extrajudicial de pagos” .
• Beneficios en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de pluriactividad.
• Reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para quienes se den de alta en el Régimen Especial de Autónomos, independientemente de su edad.
• Reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores discapacitados que se den de alta en el Régimen Especial de Autónomos.
• Nuevas condiciones de embargo de la vivienda habitual del trabajador autónomo por deudas de Seguridad Social.
• Autorización de residencia para inversores extranjeros que deseen residir en España durante un período superior a un año.
• Residencia para emprendedores extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedores.
Puede consultar de forma integra la ley en el siguiente enlace:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/09/28/pdfs/BOE-A-2013-10074.pdf
30/09/2013 17:01 | rafae