¿Es legal que las empresas de cobro accedan a los datos personales?
Publicado el martes, 13 de mayo de 2025
Las empresas de cobro actúan como intermediarias entre los acreedores y los deudores, encargándose de gestionar el cobro de deudas en nombre de las empresas acreedoras. No son las propietarias de dichas deudas, y su acceso a los datos personales de los deudores solo es legal si existe un contrato de prestación de servicios con la empresa acreedora. Además, deben cumplir con la normativa de protección de datos vigente.
Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), para que el tratamiento de los datos personales sea válido, la deuda debe ser cierta, vencida y exigible, y debe haberse informado previamente al deudor sobre su posible inclusión en un fichero de morosos. Las empresas de cobro están obligadas a respetar los derechos de protección de datos, incluyendo los derechos de acceso, rectificación, supresión y a recibir información sobre el tratamiento de sus datos.
En caso de haber pagado una deuda, se recomienda enviar una prueba de pago tanto a la empresa acreedora como a la de cobro, preferiblemente mediante un burofax. Si los datos personales no son eliminados, es posible presentar una denuncia ante la AEPD. Forlopd ofrece asesoramiento especializado para empresas que necesiten adaptar sus procesos a la normativa de protección de datos.
13/05/2025 08:07 | Forlopd_Privacidad