Subvención para la promoción del empleo autónomo en Navarra
Importe de la subvención: de 2.000 a 4.500 euros
Hasta el domingo, 30 de noviembre de 2025 a las 23:59
Dirigido a
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en un servicio público de empleo autonómico, que se establezcan como autónomas y tengan domicilio fiscal en Navarra.
Descripción
Importe de la subvención: de 2.000 a 4.500 euros:
1. Según las circunstancias personales (si concurren varias, la de mayor importe):
- General: 2.000 euros
- Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros
- Personas de 45 años o más: 2.200 euros
- Personas desempleadas de larga duración: 2.200 euros
- Mujeres: 2.500 euros
- Personas con discapacidad: 3.000 euros
- Personas perceptoras de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros
- Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros
2. Ayuda adicional de 1.000 euros si la persona trabajadora autónoma desarrolla su actividad (alta en el IAE) en una localidad de Navarra de menos de 5.000 habitantes, salvo en los municipios del área de Pamplona excluidos (base 4.2), siempre y cuando:
- Disponga de un local/domicilio de negocio en la localidad y que así conste en el IAE (parcela, metros cuadrados, etc).
- En caso de carecer de local, acredite empadronamiento en esa localidad superior a 6 meses, contados desde la fecha de solicitud de la subvención.
Requisitos
Estar en desempleo y con inscripción en situación de alta como demandante de empleo en un servicio público de empleo autonómico en la fecha de inicio de la actividad (fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, en adelante RETA, o Mutualidad del Colegio Profesional).
No puede acogerse a esta subvención las personas que:
- Hayan recibido esta subvención en los 4 años inmediatamente anteriores.
- Hayan realizado la misma o similar actividad, como autónomas o autónomos a título principal, en los 4 años inmediatamente anteriores (coincidencia de 3 dígitos del CNAE).
- Sean socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
- Sean autónomas en calidad de familiar colaborador.
- Estén dadas de alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia.
- Se dediquen a determinadas actividades de agricultura, ganadería y pesca excluidas del régimen de minimis.
- No estén al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. Consulta tu situación en los enlaces antes de solicitar la subvención.
Tramitación
Plazo: 4/02/25 - 30/11/25
Las personas que se dieron de alta entre el 2 de enero, incluido, al 3 de febrero: podrán solicitar la ayuda entre el 4 de febrero y el 3 de marzo de 2025 incluidos.
Las personas que se den de alta desde el 4 de febrero en adelante, podrán presentar desde el día siguiente en el plazo de 1 mes. Por ejemplo: si la persona se da de alta el 5 de febrero, el plazo para presentar será desde el 6 de febrero hasta el 5 de marzo.
Consulte la información al completo en Navarra.es.
05/02/2025 11:10 | AdmonVlc
https://trabajadoresautonomos.emprenemjunts.es/?op=8&n=32737