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Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento de Onil

Ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir

Hasta el viernes, 30 de abril de 2021

Ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir  lanzadas por el Ayuntamiento de Onil

 

OBJETO

Concesión directa de ayudas económicas a los autónomos y microempresas incluidos en el Anexo I de estas bases con el objetivo de contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes habituales que estos negocios han seguido soportando pese a la carencia o disminución de ingresos experimentada

 

BENEFICIARIOS

Pueden acceder a la condición de beneficiario de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que reúnan la condición de autónomos o microempresas que lleven a cabo alguna de las actividades incluidas en el Anexo I siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tengan más de 10 trabajadores/as en su plantilla que estén dados de alta en el régimen de la seguridad social o en la mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020.
  • Que figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de este municipio a fecha 31/12/2020 en uno o varios de los epígrafes a los que se refiere el anexo II del Decreto Ley 1/2021.
  • Que figuren en el listado de exentos del IAE de este municipio por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Que la actividad se ejerza en el término municipal de Onil. En caso de no tener local afecto a la actividad, el domicilio fiscal debe encontrarse en el término municipal de Onil con fecha anterior al día 1 del mes en que se presente la solicitud.
  • Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). El requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el artículo 171 de la Ley 1/2015, de la Generalitat, podrá acreditarse mediante una declaración responsable de la persona beneficiaria.
  • No tener deuda pendiente de cualquier naturaleza cuyo periodo de plazo de pago voluntario haya vencido con el Ayuntamiento de Onil, requisito que debe cumplirse en la fecha de presentación de la solicitud.

 

PLAZOS

Hasta el 30 de abril de 2021

 

MÁS INFORMACIÓN

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